Con ocasión de la expedición del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretada por el Presidente de la República por medio del Decreto 637 de 2020, a raíz del COVID-19, han surgido para los colombianos múltiples oportunidades en distintas áreas.
Una de estas es en materia de tributos, enfáticamente en lo relacionado con la liquidación y pago de intereses de mora a nivel de tributos territoriales, donde el Gobierno Nacional expidió el Decreto 678 de 2020, que puede resultar muy atractivo para aquellos contribuyentes con obligaciones fiscales territoriales vencidas.
Así las cosas, dicho Decreto establece, entre otros aspectos, que los contribuyentes, responsables, agentes retenedores y demás obligados podrán acceder a los siguientes beneficios con relación con los tributos territoriales y multas derivadas de los mismos, pendientes de pago al 20 de mayo de 2020:
- Hasta el 31 de octubre de 2020 pagarán el 80% del capital sin intereses ni sanciones.
- Entre el 1 de noviembre de 2020 y hasta el 31 diciembre pagarán el 90% del capital sin intereses ni sanciones.
- Entre el 1 de enero de 2021 y hasta el 31 de mayo de 2021 pagarán el 100% del capital sin intereses ni sanciones.
Aunado a lo anterior, esta norma establece que las reducciones señaladas también serán aplicables a las obligaciones fiscales que se encuentren en discusión, ya sea en sede administrativa o judicial, con la entidad territorial que inició el proceso de fiscalización en contra del contribuyente.
De esta manera, cabe recordar que tributos tales como, el impuesto predial, la contribución por valorización y el impuesto sobre vehículos automotores, se ven cobijados por los mencionados beneficios, siendo una excelente oportunidad para ponerse al día frente a impuestos, tasas y contribuciones territoriales.
Si es ciudadano colombiano y tiene dudas de cómo aplicar a estos beneficios en su caso particular, consulte gratuitamente a través del siguiente enlace, con un experto @TaxURosario
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Referencias
Presidencia de la República de Colombia. (20 de mayo de 2020). Decreto 678. Recuperado de:
https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20678%20DEL%2020%20DE%20MAYO%20DE%202020.pdf